VICEMINISTERIO DE SEGURIDAD ENERGÉTICA E INFRAESTRUCTURA
Titular:
Fausto Francisco Del Carmen Pérez Santos – Viceministro
Normas que asignan las funciones:
- Ley No. 100-13 que crea el Ministerio de Energía y Minas, como órgano dependiente del Poder Ejecutivo, encargado de la formulación y administración de la política energética y de minería metálica y no metálica. G. O. No. 10721 del 2 de agosto de 2013.
- Resolución Núm. R-MEM-ADM-026-2017 que aprueba la Estructura Organizativa del Ministerio de Energía y Minas.
Funciones principales:
- Formular, políticas, estrategias, directrices, planes, programas y proyectos para garantizar la seguridad energética.
- Formular políticas, directrices, planes, programas y proyectos para garantizar la seguridad, integridad, confiabilidad, resiliencia y calidad de las infraestructuras energéticas.
- Vigilar y fiscalizar el cumplimiento de las normas, instructivos, reglamentos y directrices que garanticen la seguridad del sistema energético nacional.
- Recomendar la mejora y efectividad de las políticas públicas relativas a las infraestructuras de almacenamiento de suministros, refinación, distribución y transmisión de energía.
- Formular y diseñar la composición ideal de la matriz energética y la creación de los planes para su consecución y sus actividades conexas, así como mejorar la efectividad de las políticas públicas relativas a las infraestructuras de almacenamiento de suministros, refinación, distribución y transmisión de energía, en armonía con el medio ambiente, interactuando con las demás unidades del ámbito energético del Ministerio y las instituciones del sector.
- Participar en el proceso de formulación de las políticas nacionales energética, de ahorro de energía y eficiencia energética, hidrocarburos, energía nuclear y de materiales radiactivos.
- Contribuir a la protección de la información sensible relativa a las infraestructuras energéticas.
- Recomendar políticas y avanzar propuestas técnicas en relación con la elaboración o actualización de los planes indicativos de expansión del sistema energético nacional, incluyendo la red de oleoductos, gasoductos y poliductos, participando en la planificación de su diseño, construcción, dimensionamiento y uso eficaz, para lo cual se coordinará con las áreas sustantivas relacionadas al ámbito energético del Ministerio de Energía y Minas.
- Elaborar planes preventivos, directrices y normativas reglamentarias maestras, a los fines de asegurar que la disponibilidad de electricidad, combustibles líquidos y otros recursos energéticos, no se vea distorsionada por causas humanas deliberadas o no, o por fenómenos naturales.
- Revisar y proponer códigos de conducta, estándares de seguridad y buenas prácticas en el sector energético nacional, y en la utilización, explotación y acceso a las infraestructuras energéticas.
- Diseñar y coordinar la implementación de protocolos para la gestión de crisis y la movilización de los recursos de forma coordinada entre el Ministerio de Energía y Minas, otras instituciones del Estado y los operadores energéticos.
- Formular y recomendar Planes de Contingencia y fomentar la colaboración pública-privada a fin de fortalecer la resiliencia de los distintos subsistemas del sector energético nacional, en caso de que las infraestructuras energéticas se vean afectadas.
- Recomendar medidas para asegurar la flexibilidad operativa y la seguridad del sistema nacional de redes de transporte de energía, en coordinación con las instituciones gubernamentales relacionadas y los operadores privados.
Recomendar las medidas que se consideren técnicamente pertinentes para mejorar la fiabilidad de las redes de abastecimiento del gas natural, del sistema de transporte y distribución de hidrocarburos y sus derivados, en coordinación con el viceministerio de Hidrocarburos.