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Así es como puedes saberlo

VICEMINISTERIO DE MINAS

Titular:

Miguel Ángel Díaz Díaz – Viceministro

Normas que asignan las funciones:

  • Ley No. 100-13 que crea el Ministerio de Energía y Minas, como órgano dependiente del Poder Ejecutivo, encargado de la formulación y administración de la política energética y de minería metálica y no metálica. G. O. No. 10721 del 2 de agosto de 2013.
  • Resolución Núm. R-MEM-ADM-026-2017 que aprueba la Estructura Organizativa del Ministerio de Energía y Minas.

Funciones principales:

  1. Asesorar al ministro en la formulación, adopción y coordinación de la política nacional en materia de exploración, explotación, transformación y beneficio de minerales, metálicos y no metálicos.
  1. Velar por la protección, preservación y explotación sostenible de las sustancias minerales que se encuentren en el suelo y subsuelo nacional, así como en la plataforma marina bajo jurisdicción nacional.
  1. Declarar caducas las concesiones de exploración o explotación minera, por las causales que sean determinadas por la legislación correspondiente.
  1. Elaborar y justificar debidamente el componente técnico de las propuestas de normatividad en el ámbito de la minería metálica y no metálica, y requerir para ello la asistencia técnica especializada que sea necesaria.
  1. Someter a la consideración y análisis de la Dirección Jurídica las propuestas de políticas (medidas y decisiones de política, regulaciones), previa autorización del ministro.
  1. Coordinar, cuando sea necesario, la actualización de la normatividad minera con el fin de preservar el interés nacional y asegurar la estabilidad jurídica de las inversiones, en coordinación con la Dirección Jurídica y previa autorización del ministro.
  1. Asistir al ministro en la coordinación de la ejecución de la política minera nacional, asegurando la participación de las entidades adscritas o vinculadas al sector minero.
  1. Elaborar propuestas de políticas, instrumentos regulatorios, planes y estrategias para el desarrollo de la Minería Artesanal y en Pequeña Escala, impulsando su formalización e inclusión en la economía formal.
  1. Prevenir o mitigar los impactos sociales, ambientales y de seguridad de la pequeña minería.
  1. Apoyar la asociatividad, cooperativismo y formalización empresarial.
  1. Formular, administrar y actualizar el Plan Nacional de Desarrollo Minero para imprimir al sector el direccionamiento estratégico que demanda su desarrollo integral, sostenible y responsable.
  2. Proponer o evaluar los planes, programas y proyectos que demande el desarrollo del sector minero, en coherencia con la política minera nacional, el Plan Nacional de Desarrollo Minero y los planes nacionales de desarrollo.
  1. Apoyar con información geológico-minera los procesos de planeación del desarrollo regional, con un enfoque de ordenamiento territorial.
  1. Coordinar con el Ministerio de Medioambiente y Recursos Naturales los procedimientos de evaluación del componente ambiental de las propuestas de exploración y explotación de minas y canteras.
  1. Fiscalizar el cumplimiento de las normas y reglamentos técnicos sobre exploración, explotación, beneficio, transformación y transporte de minerales en todo el territorio nacional.
  1. Adoptar, de común acuerdo con las empresas mineras, las medidas necesarias para proteger los derechos humanos y garantizar la seguridad de los mineros, sus familias y sus comunidades, de conformidad con las directrices y buenas prácticas internacionales.
  1. Diseñar e impulsar políticas y regulaciones sobre seguridad e higiene minera, así como velar por la implementación de las directrices de responsabilidad social y otras buenas prácticas y estándares internacionales en las empresas mineras.
  1. Identificar las necesidades, problemas y oportunidades de mejora de los proyectos de explotación minera, juntamente con las entidades públicas y privadas relacionadas.
  1. Organizar, coordinar y fomentar la gestión de relaciones armoniosas entre las empresas mineras y las comunidades de sus áreas de influencia, así como con los gobiernos locales y regionales, propiciando programas de desarrollo sostenible y mecanismos de diálogo y concertación, en coordinación con las autoridades competentes del ministerio.
  1. Coordinar con las entidades públicas y privadas la logística e infraestructura de transporte de minerales, y capacidad portuaria.
  1. Impulsar y participar en la coordinación de los proyectos de inversión necesarios para impulsar el crecimiento del subsector minero.
  1. Coordinar con los organismos de seguridad nacional competentes las medidas que sean necesarias en las áreas de los proyectos mineros en fase de ejecución.
  1. En coordinación con las instituciones públicas y privadas del ámbito educativo, científico y de investigación, fortalecer la formación técnica en minas, geología, geofísica, ingeniería ambiental, procesos químicos y metalúrgicos, y otras ramas afines, a través de acuerdos interinstitucionales, seminarios, talleres y otras actividades de formación en la materia.
  1. Diseñar y proponer la celebración de convenios con entidades públicas y privadas, nacionales o extranjeras, para el desarrollo de actividades relacionadas con la minería metálica y no metálica nacional, así como asegurar su seguimiento y la efectividad de sus resultados e impactos.
  1. Coordinar el cumplimiento de los compromisos que se deriven de la firma de tratados, acuerdos y convenios en el ámbito de la minería metálica y no metálica nacional.
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Certificación ISO/IEC 27001
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