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Bandera
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Así es como puedes saberlo

DIRECCIÓN TÉCNICA

Titular:

José Mauricio Salvador Hernández Cepin

Normas que asignan las funciones:

  • Ley No. 100-13 que crea el Ministerio de Energía y Minas, como órgano dependiente del Poder Ejecutivo, encargado de la formulación y administración de la política energética y de minería metálica y no metálica. G. O. No. 10721 del 2 de agosto de 2013.
  • Resolución Núm. R-MEM-ADM-026-2017 que aprueba la Estructura Organizativa del Ministerio de Energía y Minas.

Funciones principales:

  1. Formular y administrar la política minera nacional, en coherencia con la Estrategia Nacional de Desarrollo.
  1. Formular, proponer y evaluar las normas técnicas y legales relacionadas con desarrollo minero, metálico y no metálico, y requerir a tales fines la asistencia técnica que sea necesaria.
  1. Coordinar, en cooperación las dependencias y autoridades del sector, y someter para su aprobación al viceministro el Plan Nacional de Desarrollo Minero.
  1. Formular y supervisar las políticas, planes, estudios y estrategias en materia de exploración, explotación, transformación y beneficio de minerales metálicos y no metálicos, asegurando su coherencia con la END, la política minera nacional y el Plan Nacional del Desarrollo Minero.
  1. Participar en la evaluación de la información técnica, económica y financiera relacionada con el sector minero.
  1. Gestionar y asegurar la actualización y modernización del Sistema Nacional de Información Minera.
  1. Coordinar y ejecutar estudios geológicos, geofísicos y geoquímicos encaminados a identificar nuevos recursos minerales, fortaleciendo su inventario y evaluación permanentes.
  1. Formular y proponer normas, directivas y procedimientos de trabajo para un adecuado funcionamiento del sector minero, apegados a las mejores prácticas y estándares internacionales, bajo criterios sostenibilidad económica, social y ambiental.
  1. Desplegar las iniciativas que fueren necesarias para el incremento de las inversiones en el sector minero.
  1. Evaluar y hacer las recomendaciones técnicas de lugar para fines de autorización o cualquier otro, respecto a las reservas fiscales, reconocimientos mineros, concesiones de exploración y explotación, servidumbres, expropiación, contratos, sociedades y compañías mineras, patentes, regalías e impuestos, protección y remediación ambiental, usos de agua, tramitación de solicitudes y procedimientos, entre otros temas importantes.
  1. Sustentar técnicamente las autorizaciones para el otorgamiento de concesiones de beneficio, labor general y transporte minero y sus modificaciones, incluidas las actividades de reinicio, de acuerdo con los procedimientos y normativas vigentes.
  1. Examinar y recomendar bajo justificación técnica, cuando fuere necesario, la construcción de las infraestructuras de acceso, ventilación, desagüe y otras que sean necesarias en las concesiones mineras.
  1. Asegurar que las concesiones de explotación minera del país cumplan con lo establecido en los planes de cierre de minas y asegurar que en la preparación e implementación de estos planes se aplique un enfoque estandarizado, de acuerdo con la normativa vigente.
  1. Evaluar y emitir dictamen sobre los aspectos económicos y financieros del plan de cierre de minas y plan de cierre de pasivos ambientales mineros.
  1. Vigilar e informar sobre el cumplimiento de las normas que rigen los procesos de mitigación o remediación de los pasivos ambientales resultantes, conforme a lo establecido en los acuerdos contractuales que correspondan, y hacer oportunamente las recomendaciones que se consideren de lugar.
  1. Asistir en la formulación de la política, planes, proyectos y programas de remediación ambiental, llamados a corregir o mitigar la perturbación de las áreas utilizadas o afectadas por las explotaciones mineras.
  1. Implementar el Plan Nacional de Fiscalización Minera, en coherencia con el Plan Nacional de Desarrollo Minero, para asegurar que la exploración y explotación de los recursos mineros nacionales cumplan con la normatividad nacional y respondan a criterios de sostenibilidad social y ambiental, validados internacionalmente.
  1. Coordinar con la Dirección de Asuntos Ambientales y Sociales, así como con los Gobiernos Locales y otras entidades públicas y privadas, los asuntos relacionados con el desarrollo de la minería.
  1. Preparar y proponer para aprobación del viceministro las resoluciones ministeriales que sean necesarias para el buen desempeño de las actividades mineras, sometiéndolas previamente al escrutinio de la Dirección Jurídica.
  1. Evaluar y aprobar los planes de minado y sus modificaciones y someterlos a la aprobación del viceministro.
  1. Resolver los procedimientos de extracción ilícita bajo su competencia y hacer las recomendaciones de lugar al viceministro.
  1. Emitir opinión en relación con las solicitudes de servidumbre minera para la realización de actividades de exploración y explotación.
  1. Evaluar y aprobar para consideración del viceministro los Programas de Inversión en Exploración, sus modificaciones y ejecuciones, así como evaluar y emitir opinión sobre contratos de inversión en exploración.
  1. Calificar los Programas de Reinversión con cargo a Utilidades No Distribuidas.
  1. Autorizar las inscripciones en el Registro de Empresas Especializadas de Contratistas Mineros.
  1. Emitir opinión para la adquisición de propiedades mineras e inversiones por extranjeros en zonas de frontera o adyacentes a parques nacionales
  1. Elaborar y otorgar vía viceministro los certificados de cumplimiento progresivo y final del plan de cierre de minas y de pasivos ambientales mineros.
  1. Elaborar, actualizar y priorizar el inventario de pasivos ambientales mineros e identificar los responsables de los pasivos.
  1. Apoyar a la Dirección Jurídica en la concesión de recursos impugnativos y declaración de la nulidad; así como, resolver recursos administrativos bajo su competencia bajo la autorización expresa del viceministro y contando en todo momento con la asistencia de la Dirección Jurídica.
  1. Recomendar las sanciones en los temas de su competencia, de acuerdo con la legislación correspondiente.
  1. Administrar, ejecutar y fiscalizar las políticas públicas relevantes que conciernan a la minería artesanal y pequeña minería.

Promover la participación de organizaciones e instituciones nacionales vinculadas a la minería nacional en el desarrollo de proyectos regionales, y ofrecer el apoyo requerido a las entidades internacionales involucradas.

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Certificación ISO 50001
Certificación ISO/IEC 27001
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