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Otorgamiento de permiso para construcción de gasoducto tradicional para Gas Natural

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Descripción del Servicio 

  • Es el proceso de emisión del permiso para la construcción de un gasoducto tradicional de gas natural mediante el cual, el Viceministerio de Hidrocarburos, recibe, revisa y analiza las solicitudes de las personas jurídicas para evaluar sus solicitudes y otorga o no el mencionado permiso. 

A quién va dirigido 

  • Personas físicas o jurídicas con solvencia moral, capacidad económica y técnica interesadas en la construcción de gasoductos para gas natural en el territorio dominicano. 
Dirección de Regulación, Importación y Usos de Hidrocarburos del Viceministerio de Hidrocarburos Tel. 809-373-1800 | 809-535-9098. | Correo. [email protected]



Horario de prestación
De lunes a viernes de 8:00 a 4:00 p.m.


Costo
RD$ 41,000.00


Tiempo de realización
45 días a partir de la recepción de documentos (siempre Que se entregue en contenido y forma, y no se solicite modificación o documentos adicionales).


Acceso en línea
Acceso al servicio

REQUERIMIENTOS O REQUISITOS

1. Carta de Solicitud al Ministerio de Energía y Minas
2. Documentos Constitutivos de la Empresa
a. Certificado de Registro Mercantil
b. Acta de Inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes
3. Presentación Descriptiva del Proyecto
a. Características Generales del Proyecto
b. Estudio de Pre-factibilidad económica
c. Cartas de Intención o Memorandums de Entendimiento (MOUs por sus siglas en inglés) con los posibles usuarios del servicio de transporte por gasoducto de los hidrocarburos de que se trate.

4. Presentación Técnica del Proyecto
a. Ruta propuesta geo-referenciada
b. Descripción detallada de la ruta o corredor
c. Resultados de estudio de Clase de Localización (Class Location) para tramo principal y ramales.
d. Información de diseño, construcción y operación del gasoducto:
   i. Información básica de diseño, construcción y operación del gasoducto (diámetro, longitud, características del o los fluidos/ gases a transportar, presión de operación, presión máxima de diseño permisible, revestimiento externo de la tubería, etc.).
ii. Tipo de suelo (textura, pH).
iii. Sistema de protección catódica.
iv. Listado de materiales a utilizar y sus características.
v. Normas y estándares aplicables.
vi. Descripción general de las facilidades del gasoducto (válvulas, sistema de salvaguarda y protección, control y monitoreo operacional, estaciones de control y recibo, sistema de puesta a tierra, sistema de detección de fugas, sistema de marcación y señalización, etc.).
   vii. Reporte de prueba de material, por sus siglas en inglés Material Test Report (MTR), expedido por la empresa que fabrica la tubería en la que se especifique como mínimo (si el MTR no está disponible, este deberá de proveerse previo a la instalación de la tubería correspondiente al proyecto):
i. Método de soldadura de las tuberías y fittings del gasoducto
ii. Método de inspección de soldadura (ultrasonido, etc.)

  • Descripción de la tubería (incluyendo tipo de acero). 
  • Entidad para la cual fue producida la tubería. 
  • Prueba de presión y la duración. 
  • Número de lote (Heat number) con año de fabricación. 
  • Propiedades de tensión. 
  • Propiedades químicas. 
  • Prueba de dureza al impacto (impact toughness testing) 
  • Firma de la empresa y sello de la empresa que fabrica la tubería.
  • Método de soldadura de las tuberías y fittings del gasoducto.
  • Método de inspección de soldadura (ultrasonido, etc.)

5. Plan de inspección que cumpla con la norma API 5L del American Petroleum Institute u otra norma homóloga. 

6. Plan de Mitigación del radio definido según y/o tomando en cuenta cada radio potencial de impacto, por sus siglas en inglés, Potential Impact Radius (PIR) y Plan de Respuesta en caso de Emergencia(s) 

7. Plan de entrenamiento del personal a operar el gasoducto y los entrenamientos a realizar por cada categoría de personal que opere el gasoducto 

8. Informe descriptivo de la experiencia del constructor en este tipo de actividades. 

9. Certificación de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales Emitida por DGII. 

10. Cotización y descripción de Póliza de Seguro a contratar durante el período de construcción 

11. Cartas de no objeción de las siguientes instituciones:

a. Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones
b. Ayuntamiento(s) con jurisdicción en las zonas de construcción
c. Cuerpo de bomberos con jurisdicción en las zonas de construcción

Todo lo anterior, bajo reserva y en el entendido que según las particularidades del proyecto que se trate esta institución pudiera requerir otros documentos o datos en ocasión de las características técnicas y legales que se identifiquen en cada caso. 

De igual forma, el título correspondiente deberá otorgarse bajo la reserva de que la emisión del mismo se da sujeta a la necesidad de agenciarse la licencia ambiental correspondiente ante el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y que a su vez, se otorga bajo el entendido que toda operación futura de gasoducto deberá estar sujeta a las reglas de acceso a terceros que se emitan en el futuro. 

 


PROCEDIMIENTOS A SEGUIR

– El solicitante deberá presentar solicitud mediante comunicación formal dirigida al ministro incluyendo los documentos requeridos. 

– Una vez depositada la solicitud la misma es evaluada por la Dirección Jurídica de este Ministerio, si está completa la solicitud, en un plazo de 30 días hábiles se procede a emitir la licencia para la construcción del gasoducto. 

– Ante la necesidad de corregir o requerir algún documento adicional, se le informará al solicitante para que realice la corrección y/o deposite los documentos nuevamente. 

– Si no es necesario requerir documentos adicionales o subsanar, el MEMRD procede a la preparación del dictamen correspondiente, el cual se remite al Poder Ejecutivo para fines de autorización. 

– En caso necesario, se realizará inspección en campo, en los casos de construcción de 

infraestructura o habilitación de unidades de transporte de hidrocarburos, para verificar que las mismas se han construidos siguiendo las normas y estándares exigidos por el MEMRD. 

– Solicitante recibe resolución que aprueba el permiso de construcción del gasoducto. 

– El Ministro aprueba por resolución la licencia. 

INFORMACIÓN ADICIONAL

• Canales de prestación del servicio: Ministerio de Energía y Minas. Av. Tiradentes esquina Heriberto Pieter # 53, Ens. Naco, Santo Domingo. R. D. 

• Entregables: Resolución del MEMRD que otorga el permiso de construcción de gasoducto tradicional para gas natural. 

• Vigencia: Tres (3) años a partir de la fecha de otorgamiento. 

• Formulario de Solicitud: No aplica. Citado en punto de requisitos. 


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