Viceministerio de Minas
Es una unidad institucional sustantiva del Ministerio de Energía y Minas, dependiente jerárquicamente del Ministro con el objetivo Coordinar y ejecutar las estrategias, las políticas y las acciones tendentes a la protección y explotación de las sustancias minerales que se encuentren en el suelo y subsuelo nacional y submarino de Ia República Dominicana.
Funciones Principales:
- Velar por la protección, preservación, exploración y adecuada explotación de las sustancias minerales que se encuentren en el suelo y subsuelo nacional y submarino de Ia República Dominicana.
- Coordinar la exploración y explotación en nombre del Estado Dominicano, de los yacimientos del suelo, subsuelo, terrestre, marino y submarino de Ia República Dominicana.
- Llevar el Registro Nacional de Minas y Canteras, supervisar el cumplimiento de las condiciones de los contratos de concesión minera y requerir información necesaria a los beneficiarios.
- Coordinar el programa de sostenimiento ambiental minero de República Dominicana.
- Supervisar y fiscalizar el cumplimiento de los contratos de compañías mineras con el Estado Dominicano.
- Asistir al Ministro en Ia formulación de las políticas orientadas a que las actividades que desarrollen las empresas del sector minero garanticen el desarrollo sostenible de los recursos naturales no renovables.
- Asistir al Ministro en la formulación, adopción, dirección y coordinación de Ia política sobre las actividades relacionadas con el aprovechamiento integral de los recursos naturales no renovables.
- Coordinar las actividades relacionadas con el conocimiento y la cartografía del subsuelo a través del Servicio Geológico Nacional.
- Asistir al Ministro en Ia expedición de los reglamentos del sector para la exploración, explotación, transporte, distribución, procesamiento, beneficio y exportación de recursos naturales no renovables.
- Asistir al Ministro en el establecimiento y fortalecimiento de las relaciones internacionales del país, en lo referente a convenios acuerdos y tratados en materia minera.
- Adoptar los planes de desarrollo del sector minero del país, en concordancia con los planes nacionales de desarrollo y con la política del gobierno.
- Evaluar Ia factibilidad de los proyectos de su área y presentar sus recomendaciones al Ministro.
- Coordinar con los órganos adscritos y bajo tutela del Ministerio de Energía y Minas los aspectos relativos a sus funciones, en lo concerniente a las actividades mineras.
- Seguir y evaluar las políticas a su cargo; dirigir, planificar, coordinar y supervisar las actividades de las dependencias de sus respectivos despachos; y resolver los asuntos que les sometan sus funcionarios o funcionarias, de lo cual darán cuenta al Ministro o Ministra.
- Ejercer la administración, dirección, inspección y resguardo de los bienes y servicios de su respectivo despacho.
- Comprometer y ordenar, por delegación del Ministro o Ministra, los gastos correspondientes a sus dependencias.
- Suscribir los actos y correspondencias de los despachos a sus cargos.
- Cumplir y hacer cumplir las órdenes e instrucciones que les comunique el Ministro o Ministra, a quien darán cuenta de su actuación.
- Coordinar aquellas materias que el Ministro o Ministra disponga llevar al conocimiento del o de la Presidente de la República, del o de la Vicepresidente, al Consejo de Ministros y a los gabinetes sectoriales.
- Asistir a los gabinetes ministeriales y presentar en los mismos los informes, evaluaciones y opiniones sobre las políticas del ministerio.
- Llevar a conocimiento y resolución del Ministro o Ministra, los asuntos o solicitudes que requieran su intervención, incluyendo las que por su órgano sean presentadas por las comunidades organizadas y las organizaciones públicas no estatales legalmente constituidas.
- Someter a la decisión del Ministro o Ministra los asuntos de su atribución en cuyos resultados tenga interés personal directo, por sí o a través de terceras personas.
- Delegar atribuciones, gestiones y la firma de documentos, conforme a lo que establezca esta ley y su reglamento.
- Promover la inversión en el sector de los recursos minerales.
- Implantar las mejores prácticas y estándares internacionales bajo criterios de responsabilidad y sustentabilidad ambiental.
- Coordinar con el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales los procedimientos de evaluación de las propuestas de exploración y explotación de minas y canteras.
- Coordinar, fomentar e impulsar la sostenibilidad ambiental minera, mediante actividades de desarrollo minero responsable y sostenible en pro del equilibrio y bienestar de las comunidades y zonas aledañas en áreas mineras.
- Promover la creación y funcionamiento de un centro de excelencia para la reforestación en áreas minadas como parte del plan de cierre y en un centro de excelencia en extensión agrícola para áreas adyacentes a explotaciones mineras.
- Elaborar y desarrollar propuestas y planes de turismo en áreas mineras, con el objetivo de impulsar el desarrollo minero responsable y sostenible en pro del equilibrio y bienestar de las comunidades, a través de la coordinación con los gobiernos locales y el Ministerio de Turismo.
- Apoyar a las zonas aledañas de los distritos mineros a través de desarrollo de viveros, con el objetivo de impulsar el crecimiento laboral de las comunidades.
- Mejorar y controlar los sistemas agroforestales, a través de monitoreos y supervisión continúa aplicando las mejores prácticas y actividades agrícolas en la zona minera.
- Impulsar actividades de desarrollo minero responsable y sostenible en pro del equilibrio y bienestar de las comunidades circundantes.
- Velar por el buen funcionamiento del sistema y modelo de producción agropecuario eficiente y amigable con el medioambiente aplicando las mejores prácticas y actividades agrícolas y/o ganaderas en la zona minera.
- Velar por el fortalecimiento de la agroforestería, la ganadería, cultivo del cacao y hortalizas y el mantenimiento de los viveros.
- Centralizar en una misma unidad las iniciativas y acciones a fomentar bajo la sostenibilidad ambiental minera.