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Viceministerio de Hidrocarburos

Es una unidad institucional sustantiva del Ministerio de Energía y Minas, dependiente jerárquicamente del Ministro con el objetivo de Coordinar y ejecutar las políticas y las acciones tendentes al establecimiento de una estrategia energética nacional en materia de hidrocarburos. 

Funciones Principales:  

  1. Ejecutar la política pública para la exploración y adecuada explotación de los hidrocarburos en tierra y mar.
  2. Formular, implementar y evaluar la Política Nacional de Hidrocarburos, en coherencia con la Política Energética Nacional.
  3. Llevar el Registro Nacional de las concesiones otorgadas en el área de responsabilidades.
  4. Coordinar con los órganos adscritos y bajo tutela del Ministerio de Energía y Minas, la política relativa a los hidrocarburos.
  5. Proponer una política relativa a bio-combustibles, fomentar su aplicación y aprobar y fiscalizar los proyectos relativos a los mismos. 
  6. Promover una política para el uso eficiente de hidrocarburos y ahorro de recursos en las áreas no gubernamentales.
  7. Propiciar alianzas público-privadas en materia de hidrocarburos.
  8. Velar por la ejecución de la política y la fiscalización en materia de usos de hidrocarburos, para la correcta utilización de los mismos de cara al trato fiscal y legal aplicable al hidrocarburo que se trate y el objeto de su importación.
  9. Recibir, analizar y recomendar, previo a su puesta en servicio, toda solicitud para la importación, almacenamiento, producción, envase, refinamiento, purificación, mezcla, procesamiento, transformación de hidrocarburos, verificando que cumplan con las normas técnicas y de calidad vigentes, teniendo en cuenta las normas de preservación del medio ambiente y protección ecológica.
  10. Asistir al Ministro en la elaboración de los reglamentos del sector para la exploración, explotación, transporte, refinación, procesamiento, y exportación de los hidrocarburos, gas natural y biocombustibles.
  11. Asistir al Ministro en la formulación, adopción, dirección y coordinación de la política nacional en materia de explotación, transporte, refinación, procesamiento, transformación de hidrocarburos, gas natural y biocombustibles. 
  12. Expedir los reglamentos técnicos sobre producción, transporte, distribución de gas natural, sus usos y aplicaciones.
  13. Fiscalizar la exploración y explotación de los yacimientos.
  14. Asistir al Ministro en el establecimiento y fortalecimiento de las relaciones internacionales del país en lo referente a convenios acuerdos y tratados en materia de hidrocarburos.
  15. Seguir y evaluar las políticas a su cargo; dirigir, planificar, coordinar y supervisar las actividades de las dependencias de sus respectivos despachos; y resolver los asuntos que les sometan sus funcionarios o funcionarias, de lo cual darán cuenta al Ministro o Ministra. 
  16. Ejercer la administración, dirección, inspección y resguardo de los bienes y servicios de sus respectivos despachos. 
  17. Actualizar y mejorar el marco regulatorio vigente del subsector hidrocarburos.
  18. Comprometer y ordenar, por delegación del Ministro o Ministra, los gastos correspondientes a las dependencias a sus cargos. 
  19. Gestionar, mejorar y actualizar la Base Nacional de Datos de Hidrocarburos (BNDH).
  20. Suscribir los actos y correspondencias de despacho a su cargo.
  21. Supervisar el cumplimiento de las normas de calidad de los hidrocarburos, así como crear las condiciones técnicas para asegurar mediciones correctas de sus volúmenes, con base en las normas y reglamentos técnicos metrológicos vigentes.
  22. Cumplir y hacer cumplir las órdenes e instrucciones que les comunique el Ministro o Ministra, a quien darán cuenta de su actuación. 
  23. Coordinar aquellas materias que el Ministro o Ministra disponga llevar al conocimiento del o de la Presidente de la República, del o de la Vicepresidente, al Consejo de Ministros y a los gabinetes sectoriales. 
  24. Asistir a los gabinetes ministeriales y presentar en los mismos los informes, evaluaciones y opiniones sobre las políticas de los ministerios. 
  25. Llevar a conocimiento y resolución del Ministro o Ministra, los asuntos o solicitudes que requieran su intervención, incluyendo las que por su órgano sean presentadas por las comunidades organizadas y las organizaciones públicas no estatales legalmente constituidas. 
  26. Efectuar el monitoreo, evaluación y fiscalización del cumplimiento de los compromisos establecidos en los contratos, concesiones, permisos, autorizaciones y licencias.
  27. Someter a la decisión del Ministro o Ministra los asuntos de su atribución en cuyos resultados tenga interés personal directo, por sí o a través de terceras personas. 
  28. Delegar atribuciones, gestiones y la firma de documentos, conforme a lo que establezca esta ley y su reglamento.
  29. Participar en el proceso de ratificación de los estándares de consumo energético.
  30. Recibir, analizar y evaluar la información técnica, económica y financiera relacionada al subsector hidrocarburos.
  31. Elaborar y actualizar el Plan Nacional de Desarrollo del Sector de los Hidrocarburos, en coordinación con las unidades afines, ministerios relacionados y entidades adscritas competentes.
  32. Recomendar la autorización o rechazo sobre la procedencia o improcedencia de cesión, arrendamiento, traspaso o continuidad jurídica de los contratos de otorgamiento de derechos de exploración y producción de los hidrocarburos, yacimientos de petróleo y otras sustancias hidrocarburíferas.  
  33. Recomendar la autorización o rechazo de prórrogas solicitadas por los contratistas beneficiarios de los contratos de otorgamiento de derechos de exploración y producción de los hidrocarburos, yacimientos de petróleo y otras sustancias hidrocarburíferas.
  34. Realizar las licitaciones públicas, procesos competitivos, comparación de precios y cualquier otro medio de contratación de bienes, servicios y obras de manera que la supervisión de la elaboración de los pliegos de condiciones cumpla con las prescripciones técnicas correspondientes, conforme a lo que establece la Ley vigente que rige la materia.
Noel Rafael Báez Paredes
Noel Rafael Báez Paredes

Certificación ISO 50001
Certificación ISO/IEC 27001