Solicitud de Concesión de Explotación Minera
Descripción del servicio
Recepción de los documentos de la solicitud de concesión de explotación minera, para su evaluación técnica, económica y legal en la Dirección General de Minería y la recomendación correspondiente al Ministerio de Energía y Minas.
A quién va dirigido
Personas Físicas (individuos) y Personas Jurídicas (empresas)
Horario de prestación
De lunes a viernes de 8:00 a 4:00 p.m.
Costo
Ver información adicional
Tiempo de realización
30 días hábiles (a partir de la recepción de la solicitud en el MEM, si no fueren requeridos documentos adicionales).
Acceso en línea
Acceso al servicio
1 Un (1) original, tres (3) copias físicas y una (01) digital de la carta de solicitud dirigida al Director General de Minería, la cual debe contener las informaciones requeridas en los artículos 143, 144 y 149, de la Ley Minera No.146/71 y su Reglamento de Aplicación 207- 98, los cuales se detallan a continuación:
1.1 Nombre, cédula de identidad y electoral, domicilio, correo electrónico y teléfono del solicitante.
1.2 Nombre que tendrá la concesión de explotación.
1.3 Declaración de los minerales a explotar.
1.4 Lugar de ubicación del área de la solicitud indicando provincias, municipios, distritos municipales, secciones y parajes que se incluyen de acuerdo a la división territorial de la Oficina Nacional de Estadística (ONE) del año 2012.
1.5 Descripción de los puntos de partida y de referencia, georeferenciados con sus respectivas coordenadas UTM y sistema de referencia utilizado para la instalación de los monumentos y la tabla de linderos con los rumbos magnéticos, distancias de cada lindero y las coordenadas de los vértices.
1.6 Tabla de visuales relacionadas al Punto de Referencia (PR).
1.7 Cantidad de hectáreas mineras solicitadas, respetando los límites fijados en el artículo 43 de la Ley Minera No. 146-71.
1.8 Nombres de las concesiones y de los concesionarios colindantes, si los hubiere.
1.9 Nombres de los propietarios y ocupantes de los terrenos a explotar.
1.10 La carta de solicitud deberá estar acompañada de:
1.10.1 Un (1) sello de la DGII de treinta pesos (RD$30.00).
1.10.2 Dos (2) recibos de pago de impuestos expedidos por la DGII, por un valor de diez pesos (RD$10.00) cada uno.
2. Un (1) original, tres (3) copias físicas y una (01) digital del estudio de factibilidad técnico económico, que incluya:
2.2. Evaluación de las reservas probadas y probables de los recursos minerales recuperables ubicados en el área de concesión.
2.3. Plan de minado de detalle de la extracción minera incluyendo los estudios que confirmen la forma de explotación, el plan de cierre conceptual y la viabilidad económica, técnica y ambiental de la misma respecto a los yacimientos objeto de la solicitud.
2.4. Presupuesto general que incluya las inversiones de capital necesarias para la explotación, así como una estimación de los flujos económicos a ser generados por el proyecto y los aspectos relativos al cierre de mina.
2.5. Si la solicitud de concesión conllevare una planta de beneficio de minerales, incluir la ingeniería a detalle de la planta de beneficio.
2.6. Reporte de gastos de exploración conforme fueron establecidos en los informes semestrales de progreso y anuales de operaciones, en los casos que aplique.
Nota: El Anexo “Contenido para el Estudio técnico-económico del del proyecto minero para la explotación de minerales solicitados”, servirá de guía para la elaboración del estudio técnico-económico del proyecto minero. Dicho estudio solo podrá anteceder por máximo de año y medio (1 ½) la fecha de la solicitud ante la Dirección General de Minería.
3. Un (1) original, tres (3) copias físicas y una (01) digital del estudio de prefactibilidad ambiental y reclamación conforme disposición del Art. 42, párrafo II del Reglamento de Aplicación de la Ley Minera 146-71, que contenga :
3.1.Un diagnóstico sobre la situación ambiental.
3.2.Descripción del proyecto propuesto.
3.3.La identificación y evaluación de los impactos ambientales previsibles, directos e indirectos.
3.4.Declaración del manejo ambiental, en el que se incluyan las acciones para evitar, minimizar y/o compensar los aspectos negativos del proyecto, así como también para potenciar sus efectos positivos.
3.5.Declaración del programa de monitoreo, por el que se pueda determinar el comportamiento del ambiente en relación con las actividades del proyecto.
3.6.Declaración de un plan de contingencia.
3.7.Declaración de un plan de cierre.
4. Un (1) original, tres (3) copias físicas y una (01) digital del mapa de la concesión ubicada en la hoja topográfica correspondiente, a color en escala 1: 50,000, según lo descrito en el artículo 144, acápite 2 de la Ley Minera 146-71.
5. Un (1) original, cinco (5) copias físicas y una (01) digital del plano de la concesión a escala en rango desde 1:1,000 hasta 1:10,000, según lo dispuesto en el artículo 144 y 149 de la ley minera debidamente firmado en original por el solicitante, que incluya también lo siguiente:
5.1.Escala gráfica y anotativa del plano.
5.2.Escala gráfica del croquis de los puntos de conexión.
5.3.Sistema de referencia geodésico.
5.4.Coordenadas del perímetro de la solicitud.
5.5.Coordenadas del punto de partida y de referencia.
5.6.Ubicar en el plano, las concesiones colindantes con el nombre del concesionario, si las hubiera.
5.7.Tabla de visuales relacionadas al Punto de Referencia (PR).
6. Documentos que avalen la solvencia moral, técnica y económica del solicitante en dos (02) copias físicas y una (01) digital, tales como:
6.1.Para la solvencia moral y documentos legales:
6.1.1. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambas caras en caso de ser dominicano o copia del pasaporte en caso de ser extranjero.
Original de referencias con empresas comerciales e indicar tiempo de las relaciones comerciales y líneas de crédito
6.1.2. Certificación de pago de impuestos al día por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Nota: Esta certificación deberá ser actualizada para la entrega del título habilitante.
6.1.3. En el caso de nombrar un apoderado, anexar el poder de representación original, notariado y legalizado en la Procuraduría de la República Dominicana. Para el caso de un poder emitido en el extranjero, debe estar notariado por el Cónsul Dominicano competente o debidamente apostillado, según corresponda.
6.2.Para la solvencia técnica:
6.2.1. Copia de los diplomas profesionales del solicitante y/o equipo técnico.
6.2.2. Currículum Vitae del solicitante y/o equipo técnico de geología, ingeniería de Minas e ingeniería metalúrgica.
6.2.3. Membresía en asociaciones profesionales o sectoriales del solicitante y/o equipo técnico de geología y minería.
6.2.4. Copia del contrato de servicios del equipo técnico o carta compromiso de contratación del equipo técnico.
6.3.Para la solvencia económica:
6.3.1. Original de referencias bancarias especificando los montos totales y promedios de su balance a la fecha. Estas referencias no podrán exceder un máximo de tres (3) meses de antigüedad a la fecha de su depósito en original.
6.3.2. Estados financieros auditados del ejercicio social más reciente, debidamente avalado – firmadas y selladas todas sus páginas- por un contador público autorizado.
IMPORTANTE: Estos requisitos son obligatorios para la presentación de una solicitud. Los mismos no son limitativos y si por motivo del trámite o evaluación de su solicitud la administración necesitare informaciones o documentos adicionales indispensables para la resolución del caso, distintos a los aquí descritos, será obligación del solicitante suministrarlos en el plazo establecido, en virtud a lo establecido en el artículo 156 de la Ley Minera 146-71.
En virtud al artículo 139 de la Ley Minera 146-71 las solicitudes deberán realizarse de manera presencial por el interesado o un apoderado especial mediante poder de representación original notariado y legalizado en la Procuraduría de la República Dominicana.
1. Un (1) original, tres (3) copias físicas y una (01) digital de la carta de solicitud dirigida al Director General de Minería, la cual debe contener las informaciones requeridas en los artículos 143, 144, y 149, de la Ley Minera No.146/71, los cuales se detallan a continuación:
1.1 Nombre y RNC de la empresa, domicilio, correo electrónico y teléfono.
1.2 Nombre y cédula de Identidad y Electoral del apoderado de la empresa, nacionalidad, profesión, domicilio, correo electrónico y teléfono celular.
1.3 Nombre que tendrá la concesión de explotación.
1.4 Declaración de los minerales a explotar.
1.5 Lugar de ubicación del área de la solicitud indicando provincias, municipios, distritos municipales, secciones y parajes que se incluyen de acuerdo a la división territorial de la Oficina Nacional de Estadística (ONE) del año 2012.
1.6 Descripción de los puntos de partida y de referencia, georeferenciados con sus respectivas coordenadas UTM y sistema de referencia utilizado para la instalación de los monumentos y la tabla de linderos con los rumbos magnéticos, distancias de cada lindero y las coordenadas de los vértices.
1.7 Tabla de visuales relacionadas al Punto de Referencia (PR).
1.8 Cantidad de hectáreas mineras solicitadas, respetando los límites fijados en el artículo 43 de la Ley Minera No. 146-71.
1.9 Nombres de las concesiones y de los concesionarios colindantes, si los hubiere.
1.10 Nombres de los propietarios y ocupantes de los terrenos a explorar.
1.11 La carta de solicitud deberá estar acompañada de:
1.11.1 Un (1) sello de la DGII de treinta pesos (RD$30.00).
1.11.2 Dos (2) recibos de pago de impuestos expedidos por la DGII, por un valor de diez pesos (RD$10.00) cada uno.
2. Un (1) original, tres (3) copias físicas y una (01) digital, del estudio de factibilidad técnico económico, que incluya:
2.1.1 Evaluación de las reservas probadas y probables de los recursos minerales recuperables ubicados en el área de concesión.
2.1.2 Plan de minado de detalle de la extracción minera incluyendo los estudios que confirmen el sistema de explotación, el plan de cierre conceptual y la viabilidad económica, técnica y ambiental de la misma respecto a los yacimientos objeto de la solicitud.
2.1.3 Presupuesto general que incluya las inversiones de capital necesarias para la explotación, así como una estimación de los flujos económicos a ser generados por el proyecto y los aspectos relativos al cierre de mina.
2.1.4 Si la solicitud de concesión conllevare una planta de beneficio de minerales, incluir la ingeniería a detalle de la planta de beneficio.
2.1.5 Reporte de gastos de exploración conforme fueron establecidos en los informes semestrales de progreso y anuales de operaciones, en los casos que aplique.
Nota: El Anexo “Contenido para el Estudio técnico-económico del proyecto minero para la explotación de minerales solicitados”, servirá de guía para la elaboración del estudio técnico-económico del proyecto minero. Dicho estudio solo podrá anteceder por máximo de año y medio (1 ½) la fecha de la solicitud ante la Dirección General de Minería.
3. Un (1) original, tres (3) copias físicas y una (01) digital del estudio de prefactibilidad ambiental y reclamación conforme disposición del Art. 42, párrafo II del Reglamento No. 207-98 para la aplicación de la Ley Minera No. 146-71, que contenga:
3.1 Un diagnóstico sobre la situación ambiental.
3.2 Descripción del proyecto propuesto.
3.3 La identificación y evaluación de los impactos ambientales previsibles, directos e indirectos.
3.4 Declaración del manejo ambiental, en el que se incluyan las acciones para evitar, minimizar y/o compensar los aspectos negativos del proyecto, así como también para potenciar sus efectos positivos.
3.5 Declaración del programa de monitoreo, por el que se pueda determinar el comportamiento del ambiente en relación con las actividades del proyecto.
3.6 Declaración de un plan de contingencia.
3.7 Declaración de un plan de cierre.
4. Un (1) original, tres (3) copias físicas y una (01) digital del mapa de la concesión ubicada en la hoja topográfica correspondiente, a color en escala 1: 50,000, según lo descrito en el artículo 144, acápite 2 de la Ley Minera 146-71.
5. Un (1) original, cinco (5) copias físicas y una (01) digital del plano de la concesión a escala en rango desde 1:1,000 hasta 1:10,000, según lo dispuesto en el artículo 144 y 149 de la ley
minera debidamente firmado en original por el presidente o gerente de la empresa dueña del proyecto minero, que incluya también lo siguiente:
5.1 Escala gráfica y anotativa del plano.
5.2 Escala gráfica del croquis de los puntos de conexión.
5.3 Sistema de referencia geodésico.
5.4 Coordenadas UTM del perímetro de la solicitud.
5.5 Coordenadas UTM del punto de partida y de referencia.
5.6 Ubicar en el plano, las concesiones colindantes con el nombre del concesionario, si las hubiera.
5.7 Tabla de visuales relacionadas al Punto de Referencia (PR).
6. Documentos que avalen la solvencia moral, técnica y económica del solicitante en dos (02) copias físicas y una (01) digital, tales como:
6.1 Para la solvencia moral y documentos legales:
6.1.1 Copia del acta constitutiva de la empresa, lista de suscriptores y estatutos de la compañía debidamente y registrada en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
6.1.2 Copia del registro mercantil al día.
6.1.3 Certificación al día, de la Cámara de Comercio y Producción que corresponda donde conste la información referente a los nombres de los socios o accionistas de la sociedad, cantidad de los socios de esa compañía y número de cuotas sociales o acciones de cada uno.
6.1.4 Copia certificada de la Asamblea General Ordinaria Anual del último periodo fiscal que corresponda, con su Nómina de Presencia, en la que conste quienes son los actuales administradores o gerentes de la sociedad, según corresponda, debidamente registrado en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente, con el sello original de la sociedad. y certificada por quien corresponda.
6.1.5 Un (1) original de la Asamblea, o reunión de socios donde se autorice y entregue poder a una persona física para solicitar en nombre de la empresa la concesión minera, quien tendrá la calidad para firmar la solicitud y los planos correspondientes. Además debe designar a su representante para tramitaciones ante la Dirección General de Minería y el Ministerio de Energía y Minas, todo debidamente registrado en la Cámara de Comercio y Producción competente, con el sello original de la sociedad y certificada por quien corresponda.
6.1.6 Certificación de pago de impuestos al día por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Nota: Esta certificación deberá ser actualizada para la entrega del título habilitante.
6.1.7 Referencias con empresas comerciales e indicar tiempo de las relaciones comerciales y líneas de crédito.
6.1.8 Documento de identidad del representante de la sociedad, (cédula de identidad y electoral en caso de ser dominicano, o pasaporte para aquellas personas con nacionalidad extranjera).
8.2. Para avalar la solvencia económica:
8.2.1. Estados financieros auditados del ejercicio social más reciente, debidamente avalado -firmadas y selladas todas sus páginas- por un contador público autorizado. Nota: En el caso de empresas recién constituidas, podrán presentarse estados parciales a tres o seis meses contables o en su defecto el balance inicial.
8.2.2. Original de referencias bancarias de las cuentas de la empresa, especificando los montos totales y promedios en cifras numéricas. Estas referencias no podrán exceder un máximo de tres (3) meses de antigüedad a la fecha de su depósito.
8.3. Para avalar la solvencia técnica:
8.3.1. Copia de los diplomas profesionales del solicitante y/o equipo técnico.
8.3.2. Currículum Vitae del solicitante y/o equipo técnico de geología, ingeniería de Minas e ingeniería metalúrgica.
8.3.3. Membresía en asociaciones profesionales o sectoriales del solicitante y/o equipo técnico de geología y minería.
8.3.4. Copia del contrato de servicios del equipo técnico o carta compromiso de contratación del equipo técnico.
8.4. Si el solicitante es una compañía extranjera deberá depositar copias de los siguientes documentos debidamente apostillados, traducidos al español y certificados por la autoridad competente:
8.4.1. Documentos de identidad de los accionistas y representante legal.
8.4.2. Escritura o instrumento de incorporación o certificado de estar legalmente constituido, si es exigida en el país de origen
8.4.3. Certificado de las acciones pagadas del capital autorizado, si es exigido en el país de origen.
8.4.4. En caso de que aplique de acuerdo al país de origen, el registro mercantil y el acta de incorporación tributaria.
8.4.5. Un (1) original del Acta del Consejo de Administración, estableciendo domicilio legal en el país y donde se autorice y entregue poder a la persona indicada para solicitar en nombre de la empresa la concesión minera quien tendrá la calidad para firmar la solicitud y los planos correspondientes.
IMPORTANTE: Estos requisitos son obligatorios para la presentación de una solicitud. Los mismos no son limitativos y si por motivo del trámite o evaluación de su solicitud la administración necesitare informaciones o documentos adicionales indispensables para la resolución del caso, distintos a los aquí descritos, será obligación del solicitante suministrarlos en el plazo establecido, en virtud a lo establecido en el artículo 156 de la Ley Minera 146-71 y la Resolución No. R-MEM-REG-0022017, de fecha veintiocho (28) de abril de 2017, que regula el perfeccionamiento de las solicitudes de concesiones mineras.
En virtud al artículo 139 de la Ley Minera 146-71 las solicitudes deberán realizarse de manera presencial por el dueño de la compañía solicitante o un apoderado especial mediante Asamblea o reunión de socios donde otorgue el poder a una persona física para poder para solicitar en nombre de la empresa la concesión minera.
PROCEDIMIENTOS A SEGUIR
- Depositar la solicitud de explotación de minerales en la Dirección General de Minería, la cual se inscribe en el Registro Público de Derechos Mineros.
- Efectuar el pago por concepto de la publicación del extracto de la solicitud, luego de recibir la notificación correspondiente por parte de la Dirección General de Minería.
- Ante la necesidad de corregir o requerir algún documento adicional, se le informará al solicitante para que realice la corrección y/o deposite los documentos nuevamente.
- Realizar el pago por la verificación en el terreno de los puntos de conexión, previa notificación de la Dirección General de Minería.
- Luego de la verificación correspondiente, el solicitante procederá a realizar pago de la Patente Minera, previa solicitud de la Dirección General de Minería.
- Si no es necesario requerir documentos adicionales o subsanar, el MEMRD procede a la preparación del dictamen correspondiente, el cual se remite al Poder Ejecutivo para fines de autorización.
- Luego de aprobado el proyecto por parte del Poder Ejecutivo el solicitante recibirá notificación para realizar el alinderamiento de la solicitud en un plazo no mayor de 30 días.
- Realizar pago en la DGM por concepto de verificación del alinderamiento.
- El solicitante procederá a realizar el pago por concepto de la publicación del extracto de la Resolución, previa notificación de parte del MEMRD.
- Luego de pagada la publicación, el solicitante recibirá la resolución correspondiente en las instalaciones del MEMRD.