Bandera
Esta es una web oficial del Gobierno de la República Dominicana
Así es como puedes saberlo

Autorización para Instalación de Planta De Beneficio

Print Friendly, PDF & Email

Descripción del servicio
Evaluación de solicitud de autorización con el fin de dotar al solicitante para instalar una planta de beneficio de sustancias minerales, en las que podrá realizar operaciones de fundición y refinación de materiales, obtención de concentrados minerales, compuestos metálicos, metales, metaloides o minerales no metálicos.

A quién va dirigido
Personas físicas o jurídicas interesadas en instalar una planta de beneficio de sustancias minerales.

Servicio ofrecido por la Dirección Técnica Minera del Viceministerio de Minas , Ministerio de Energía y Minas. Tel. 809-373-1800 | 809-535-9098. | Correo. [email protected]



Horario de prestación
De lunes a viernes de 8:00 a 4:00 p.m.


Costo
Ver información adicional


Tiempo de realización
30 días hábiles después de recibir la solicitud en el MEM, (sin considerar el tiempo de tramitación a través del Poder Ejecutivo)


Acceso en línea
Acceso al servicio

REQUERIMIENTOS O REQUISITOS

Una carta de la solicitud dirigida al Director General de Minería, la cual debe contener lo indicado en el art. 162 de la Ley minera 146-71 y detallado a continuación:

  • Generales del solicitante (nombre, nacionalidad, domicilio, profesión, cédula de identidad del solicitante o apoderado con poder de representación, en caso de que aplique); si se tratara de una persona jurídica Generales de la sociedad comercial (Denominación social, Registro Mercantil, Registro Nacional de Contribuyentes, nacionalidad y generales del representante).
  • Ubicación de la planta con indicación del municipio y provincia.
  • Clase de minerales a tratarse y su procedencia,
  • Capacidad de la Planta expresada en toneladas métricas por día.
  • Método de tratamiento que se empleará,
  • Esquema o circuito de tratamiento.
  • Superficie del terreno necesario para su instalación indicando nombre del propietario del suelo.
  • Monto de la inversión que realizará;
  • Plazo previsto para iniciar y concluir las obras.

PROCEDIMIENTOS A SEGUIR
  • Depositar solicitud de autorización para la instalación de planta de beneficio en la Dirección General de Minería.
  • Si no es necesario requerir documentos adicionales o subsanar, el Ministerio de Energía y Minas procede a la preparación de la resolución correspondiente, la cual debe someterse al Poder Ejecutivo para fines de aprobación.
  • Previa notificación del Ministerio de Energía y Minas, el solicitante procederá a efectuar el pago por servicio de publicación de la Resolución.
  • La Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas procede con la entrega de Resolución correspondiente.
  • El titular deberá remitir los planos y especificaciones a los Ministerios de Obras Públicas y Comunicaciones y de Salud Pública para los fines correspondiente.
INFORMACIÓN ADICIONAL
  • Costo del Servicio
    1. Solicitud para instalación de planta de beneficio: RD$ 63,600.00
    2. Otorgamiento de la autorización: RD$64,000.00.
    3. Publicación de extracto de resolución de autorización de la instalación: precio referente del mercado unitario por cada pulgada columna en blanco y negro (aproximadamente RD$46,000.00)
  • Canales de prestación del servicio
    1. Presencial

 


Línea 311 Portal único de acceso a la información pública Portal de estado dominicano Observatorio nacional de la calidad de los servicios públicos
911 Becas Gobierno
Ir al contenido